DESCRIMINALIZACIÓN: México despenaliza el aborto tras una decisión de su máximo Tribunal de Justicia

La Suprema Corte de México dictó ayer un fallo que es un precedente importante para los sectores que defienden los derechos de las mujeres mexicanas por ejercer su libertad en cuanto a la procreación. (Foto: EFE-Francisco Guasco).

CIUDAD DE MÉXICO, D.F. (Especial-elDiario.es-EFE). La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) de México ha declarado inconstitucional la penalización de las mujeres que abortan en la primera etapa del embarazo y ha reconocido el derecho a decidir en un fallo histórico.

Por unanimidad, los ministros del pleno de la SCJN han invalidado el artículo 196 del código penal del norteño estado de Coahuila que imponía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”.

“No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”, argumentó el proyecto del ministro Luis María Aguilar.

El aborto, cuya criminalización es competencia local, hasta ahora solo estaba despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

Pero ahora, derivado de una impugnación que la extinta Procuraduría General de la República (PGR) hizo contra el Código Penal de Coahuila en 2017, la SCJN ha declarado inconstitucional la criminalización de la mujer que aborta y la del personal sanitario que la asiste con consentimiento.

 

Fallo histórico

“El asidero del derecho penal para sancionar a quien interrumpe voluntariamente su embarazo no es aquí una potestad disponible para el legislador, pues están los derechos humanos en juego”, ha indicado este martes la ministra Margarita Ríos-Farjat.

El fallo ha sido “histórico” porque es la primera vez que el Supremo de México “pone al centro de la discusión el derecho a decidir”, según el ministro Aguilar.

“Pensar que penalizar el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo es una solución atenta contra el principio de mínima intervención penal”, ha coincidido la ministra Yasmín Esquivel en la primera sesión.

 

Implicaciones

La decisión del Supremo sólo invalida el Código Penal del Estado en cuestión, Coahuila, pero sienta un precedente obligatorio para todos los tribunales del país, que deberán fallar a favor de las mujeres de otros estados.

Con ello, mujeres y organizaciones que defienden los derechos reproductivos podrán aprovechar el precedente para combatir por la vía judicial la criminalización del aborto en otros códigos penales estatales.

Además, el proyecto ha enunciado como una de sus implicaciones “la garantía de que las mujeres o personas gestantes que así lo decidan puedan interrumpir su embarazo en las instituciones de salud pública de forma accesible, gratuita, confidencial, segura, expedita y no discriminatoria”.

“Pensar que penalizar el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo es una solución atenta contra el principio de mínima intervención penal”, ha coincidido la ministra Yasmín Esquivel en la primera sesión.