RAFAEL VARGAS, DE SOEAIL: “Intimamos desde el gremio a que la ART Provincia cumpla la Ley 24.557 de Riesgos de Trabajo y exija a Ledesma SAAI con los protocolos de bioseguridad”

Esta es la intimación legal a la ART Provincia por parte del secretario general de SOEAIL, Rafael Vargas. (Foto: Prensa SOEAIL).

LIBERTADOR GRAL. SAN MARTÍN, Jujuy (Especial-EL SOL ABC). Con una situación que no deja margen para las dilaciones, Rafael Vargas, secretario general de SOEAIL (Sindicato de Obreros y Empleados del Azúcar del Ingenio Ledesma) intimó mediante carta-documento a la ART Provincia, con domicilio legal en Carlos Pellegrini 91, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a que cumpla con la Ley 24.557 de Riesgos de Trabajo y a la vez exija a la empresa Ledesma SAAI el cumplimiento de las normas de bioseguridad en resguardo de la salud de los trabajadores del ingenio azucarero.

Vía telefónica EL SOL ABC pudo comunicarse con Rafael Vargas, quien con un alto grado de preocupación expresó: “Estamos en una situación que nos exige  que reclamemos por la salud de nuestros compañeros, que justo hoy dieron 6 positivos en la sección Alcohol. Mientras el virus camina por todas las secciones de todos los sectores de la empresa, tanto ingenio, papelera, juguera y alcoholera, el médico laboral Dr. Paredes (por órdenes de la empresa) no toma en serio los pedidos para que Ledesma SAAI se haga cargo de los tets de PCR. Somos más de 7.000 empleados de todos los sectores que estamos en grave riesgo. Si una persona avisa de los síntomas, él la revisa y le da a lo sumo 3 días y luego tiene que regresar a trabajar. Esto no puede seguir así. Parece que no les importamos nada a los dueños del ingenio. Están locos, conque no pueden mermar la producción; pero que una vez en su vida no ganen como están acostumbrados a ganar y ganen un poco menos, pero que cuiden más a quienes les aportamos el trabajo con el que mueven el ingenio. Ya está visto, que los trabajadores son más importantes que el capital. Esto lo ha demostrado claramente esta pandemia”.

 

Con respecto a la carta-documento

Uno de los aspectos fundamentales que destaca SOEAIL en la carta-documento, que se manifiesta en las palabras de Vargas,  sostiene que “acabamos de intimar formalmente a PROVINCIA ART, quien tiene a cargo la prevención de los riesgos del trabajo en el ingenio Ledesma, en razón de que el DNU Nº 367 /2020 que incorpora a la enfermedad Covid-19 como enfermedad profesional, para que desde la ART cumplan lo establecido por la Ley 24.557 de Riesgos de Trabajo en relación a la prevención de los riesgos de trabajo, y hagan los controles correspondientes y exija a la empresa Ledesma a que cumpla los protocolos de bioseguridad que redactan ellos mismos, y que no los hacen cumplir de manera eficaz y eficiente, especialmente sus mandos medios, ya que los supervisores y jefes, hacen lo que quieren”.
En otra parte del extenso texto, Vargas dice: “Por eso los notifiqué a los directivos de la ART Provincia, mediante carta documento, para que tengan conocimiento de que en la empresa LEDESMA SAAI, en su planta de Libertador General San Martín, el personal está trabajando fuera de los convenios colectivos de trabajo, ya que se no cumplen con los protocolos de bioseguridad, por lo que ya hay varios supervisores con Covid-19 positivo en la empresa”.

 

Se especifica el caso del médico laboral Paredes

En la misma carta-documento, el SOEAIL  expresó, mediante Rafael Vargas, que se notificó también a la ART de que el médico laboral de la empresa LEDESMA SAAI, DIEGO PAREDES, obliga por orden de la empresa a trabajar a personas que han tenido contacto estrecho con supervisores y trabajadores que dieron Covid-19 positivo; además de obligarlos a otras prácticas como altas laborales a trabajadores que no están recuperados de sus enfermedades, o declara accidentes como enfermedades preexistentes, con lo que se terminan agravando las dolencias y los padecimientos de los trabajadores”.
Finalmente, el secretario general de SOEAIL hace ver de la actuación de un médico, que es muy grave y que podría ser acusado penalmente por no respetar el DNU 367/20 y la Ley de Riesgos de Trabajo 24.557. Al respecto dijo: “Les comuniqué que la actividad de Dr. PAREDES lo único que hace es agravar la salud de los compañeros trabajadores, y que podría estar incurso en la comisión de los delitos de los Arts. 202 y 203 del Código Penal, extendiendo a ustedes la responsabilidad laboral y civil.
’’Por último, les comunicamos que si desde PROVINCIA ART no cumplen sus obligaciones, en materia de la actividad preventiva como corresponde, los haremos responsables de los daños y perjuicios ocasionados a los trabajadores de la empresa Ledesma SAAI”,
termina en sus partes fundamentales la intimación realizada por SOEAIL mediante carta-documento, con fecha de ayer 17 de julio de 2020.