La Cámara de Casación Penal Federal era ayer un hervidero . Después de desplazar a su colega Alejandro Slokar e impedirle intervenir en la causa sobre espionaje a pedido de Elisa Carrió, los jueces Angela Ledesma y Guillermo Yacobucci decidieron equilibrar esa drástica decisión con otras dos: en un caso confirmaron que la investigación seguirá tramitando en el juzgado federal de Dolores de manera provisoria y en otra dejaron en pie la declaración de rebeldía del fiscal Carlos Stornelli , que faltó ya cinco veces a la indagatoria. El argumento técnico para mantener la causa en manos al juez Alejo Ramos Padilla es que lo que se debía revisar no era una sentencia definitiva, por lo tanto no es asunto de la Casación. En el caso de Stornelli dijeron que estaba mal concedido el recurso donde el fiscal cuestionó su declaración como rebelde. Esto último debería tener alguna consecuencia sobre el lento sumario administrativo que tramita en la Procuración General ante el pedido de desafuero y juicio político.
La respuesta de la Casación ayer fue que la causa seguirá en el juzgado federal de Dolores de manera provisoria. “No se verifica supuesto alguno que (…) permita hacer excepción a la regla según la cual los autos que resuelven cuestiones de competencia no constituyen, en principio sentencia definitiva”, argumentó Ledesma. La jueza a la vez criticó a la Cámara de Mar del Plata por haber concedido el recurso con el argumento de la “gravedad institucional” del caso. Dijo que es una “inferencia meramente dogmática”. Yacobucci, argumentó lo mismo en otras palabras e insistió con el carácter provisorio de la competencia. Al comienzo del fallo está llamativamente resaltada en negritas una frase del tribunal de alzada de Mar del Plata que señalaba que “continúe provisoriamente a cargo” el juez de Dolores. Yacobucci, además, insiste en poner en primer plano lo que opine el fiscal Juan Pablo Curi, al delimitar la investigación. Vale recordar que Curi en un comienzo se pronunció por enviar la causa a Comodoro Py.
En la misma resolución sobre la competencia, los camaristas decidieron apartar a Slokar ante el pedido de Carrió que alegaba que había pedido su juicio político en el año 2016. Dijeron que correspondía la recusación ante la sola existencia de una denuncia previa contra el juez de parte de una de las imputadas (Carrió en este caso). Lo más increíble fue que la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo acababa de desestimar el pedido de juicio político en cuestión, sólo faltaba su paso por el plenario (ver nota aparte).
La declaración de rebeldía había sido apelada por el propio Stornelli, y ratificada por Ramos Padilla y por la Cámara de Mar del Plata. Fue a la Casación igual, y el mismo dúo de camaristas rechazó el planteo. “Los recurrentes limitan la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes del decisorio cuya impugnación postulan”, sostuvo Ledesma. “No logran rebatir” los fundamentos de la Cámara, señaló. No está en juego, agregó en respaldo a Ramos Padilla, “ni la limitación del derecho a la libertad ni el derecho de defensa del imputado”. Lo mismo sostuvo Yacobucci. En términos formales sostuvieron que el recurso estaba “mal concedido”. El efecto es que Stornelli sigue declarado rebelde. La lógica sería que se convierta en un elemento de peso en el sumario administrativo contra el fiscal, que tramita en la Procuración, a cargo de Marcelo Retes, que debe definir si pide la apertura del juicio político. Si bien Ramos Padilla le planteó al procurador Eduardo Casal que era una discusión de “puro derecho” sin nada extra que demostrar, se habilitó un sumario de 60 días.