REVERSIÓN: Justicia define nuevo fallo contra abusador de Metán que había sido absuelto por principio de duda

Ahora la niña abusada tiene màs años, pero ahora se determinó darle validez a sus primeras declaraciones. (Foto: Imagen ilustrativa de ABC diario).

METÁN, Salta (Especial para EL SOL ABC). Los jueces de la Sala III del Tribunal de Impugnación, Eduardo Barrionuevo y Pablo Mariño, hicieron lugar al recurso de casación planteado contra la sentencia que absolvió por el principio de la duda a G. R. I.

En consecuencia, los jueces de alzada lo condenaron a la pena de ocho años de prisión efectiva, por considerarlo autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia, y ordenaron su detención, que será efectivizada por el Tribunal de Metán.

El sujetohabía sido absuelto por la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, en la causa que se seguía en su contra por el delito de abuso sexual en perjuicio de la hija de su pareja. Al momento del hecho, la niña tenía 12 años.

En la sentencia atacada, la jueza decidió absolver al hombre porque no logró despejar la duda que le surgió a partir de las falencias detectadas en el relato de los hechos que dio la menor a lo largo del proceso. Esta incertidumbre no fue despejada tampoco con la valoración que hizo de las demás pruebas. A ello se sumó que, al momento de valorar los dichos de la víctima, advirtió contradicciones en su declaración.

Dijeron los jueces de alzada que “la entrevista realizada a niñas y niños que han sido abusados no es una tarea sencilla, puesto que generalmente suelen manifestar dificultades a la hora de relatar su trauma porque lo olvidan o no pueden relatar lo sucedido”. Destacaron en ese sentido que esto no es porque estén mintiendo, sino que debe entenderse “como una conducta íntimamente relacionada con el temor, pánico y vergüenza que sienten a la hora de tener que realizar declaraciones testimoniales, en muchos casos, con gente adulta y desconocida, en medio de procedimientos filmados en Cámara Gesell dentro del ámbito judicial”.

 

Lo que se tuvo en cuenta

Tuvieron en cuenta a la hora de revertir la absolución, que el relato de la menor permite establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos por los que fue acusado G. R. I., así como también su autoría inequívoca. Así, todas las falencias que presenta el relato lograron ser superadas al ser valoradas con la sana crítica racional, dándole credibilidad a la versión ofrecida por la niña respecto a los abusos a los que fue sometida. Entendieron que el testimonio era un elemento contundente y esencial para sustentar la acusación formal.

Agregaron que, además no haber sido correctamente motivada, y teniendo en cuenta que el caso analizado es un delito contra la integridad sexual de una niña de 12 años por parte de su padrastro, la jueza omitió darle a su sentencia una perspectiva de género, sobre todo a la hora de valorar el superior interés de la niña, establecido en la Convención de los Derechos del niño, niña y adolescente.

Fuente: Prensa Poder Judicial de Salta