El Dr. Gregorio Dalbón saliendo de la Corte de la Haya, cuando fue a interponer demanda en favor de Cristina Kirchner por el fallo viciado de nulidades de la Corte Suprema actual. (Foto: Rosario3).

BUENOS AIRES (Especial-EL SOL ABC). El Dr. Gregorio Dalbón, uno de los defensores de Cristina Kirchner, luego de su viaje a la Corte de La Haya (Países Bajos) y hoy en España, donde asentó denuncia sobre el “lawfare” cometido por el establishment sionista antipatria y por la Corte afín a sus órdenes contra la ex presidenta y vice de la Nación, dio a conocer uno de los puntos legales que se podrían interponer en “favor de la víctima de la aberración jurídica más grande de la Historia Argentina, de haber inventado una causa y sin pruebas dar una sentencia condenatoria”, peor que en cualquier dictadura.

En un comunicado a todos los medios del país, el Dr. Dalbón expresa: “La condena contra Cristina Fernández de Kirchner no es el final del camino. Es el punto más burdo y brutal de una persecución política, judicial y mediática que será desarmada por el Derecho.

’’Hoy (por ayer), desde Madrid, plaza Callao 19 horas, iniciamos una cruzada internacional: la campaña #CristinaLibre. Una acción global que recorrerá ciudades, foros internacionales, redacciones y parlamentos para visibilizar ante el mundo el quiebre del Estado de Derecho en la Argentina y la grave violación a los derechos humanos de la principal dirigente política del país.

’’No se trata sólo de un caso judicial. Se trata de una amenaza a la democracia. De un intento sistemático de proscripción que utiliza al aparato judicial como instrumento del poder real.

’’Frente a esta injusticia, existe una vía concreta de reversión. La Argentina ya cuenta con una herramienta para anular sentencias arbitrarias dictadas sin debido proceso, sin imparcialidad y sin pruebas. Esa herramienta está consagrada en el artículo 366, inciso f) del Código Procesal Penal Federal (CPPF), plenamente vigente en todo el territorio nacional.

’’Dicho artículo establece: ‘Procederá la revisión de la sentencia condenatoria cuando […] se haya dictado una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o una decisión de un órgano de aplicación de un tratado de derechos humanos en una comunicación individual’.

’’Este inciso —resultado de la evolución normativa y del compromiso de la Argentina con el derecho internacional de los derechos humanos— habilita la revisión de una condena cuando se hayan verificado violaciones a las garantías fundamentales en el proceso.

Eso es exactamente lo que haremos. Presentaremos el caso de Cristina Fernández de Kirchner ante:

  • La Corte Interamericana de Derechos Humanos
  • El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas
  • La Corte Penal Internacional

 ”Cuando alguno de estos organismos reconozca —como inevitablemente ocurrirá— que hubo persecución judicial, falta de garantías procesales, y una sentencia dictada sin pruebas, esa decisión permitirá revisar y anular el fallo.

’’Esto no es retórica. Es derecho. Y es acción. Porque cuando un tribunal condena sin prueba, sin conducta típica, sin antijuridicidad ni culpabilidad, lo que existe no es justicia. Es persecución. Es lawfare. Y frente a la arbitrariedad, el derecho internacional ofrece remedios. Nosotros los vamos a activar: el inciso f del artículo 366 del CPPF es la vía legal para revertir esta condena política.

’’Y esta lucha no termina en los tribunales. Esta lucha comienza en Madrid y recorrerá el mundo.

’’Porque no sólo es por Cristina. Es por todas y todos los que han sido perseguidos, silenciados o disciplinados por enfrentar al poder.

’’No vamos a parar. Hasta que haya justicia. La historia no se escribe con fallos injustos. La historia la escriben los pueblos cuando luchan. La historia la escribirá la justicia.

 #CristinaLibre

#NoALaProscripción

#JusticiaParaCristina”, finaliza el comunicado emitido por el Dr. Dalbón desde Madrid (España) ayer.