LA ORDEN ES MORIR CON LAS BOTAS PUESTAS: contraataque suicida de Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda

Maqueda, Rosenkrantz y Rosatti no tienen vuelta atrás en la opinión pública nacional, que al revés de lo que pretenden: el pueblo argentino votará en contra de este liga de mercenarios y mafiosos al servicio del establishment empresarial y de EE.UU. (Foto: Striptease del Poder).

BUENOS AIRES (Especial-Striptease del Poder-Por Octavio Kazameh). La Corte Suprema de Justicia ordenó suspender las elecciones que iban a realizarse el 14 de mayo en las provincias de Tucumán y San Juan. Cinco días antes de las mismas, decidió pronunciarse a favor de las solicitudes presentadas por los candidatos de Juntos por el Cambio en las provincias mencionadas. La medida dictada por los Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, y Juan Carlos Maqueda, evidencia ser un contraataque en relación con juicio político en contra de ellos que se cocina en el Congreso, impulsado por el oficialismo, bajo la premisa clásica de que “la mejor defensa es un ataque”.

Da pábulo también a esta interpretación la simultánea alocución que se mandó el presidente de la Corte Rosatti, ante AMCHAM Argentina (Cámara de Comercio de los Estados Unidos en Argentina), donde metiéndose de economista, criticó “la expansión incontrolada de la emisión monetaria” por parte del gobierno. Ignorando que Argentina conforme da cuenta el Banco Mundial, tiene una de las masas monetarias más bajas del mundo, al nivel de los países más atrasados de África.

De sólo un 30 % del PIB, mientras que el promedio mundial es de 144 % del PIB, y con un nivel aún más bajo que el promedio de “Países Frágiles y en situaciones de conflicto” (34 %) y de los “Países pobres muy endeudados” (38 %).

Mientras se profundizan las acusaciones e implicancias del juicio político, la Corte renegando de la independencia de poderes que invoca, pisa fuerte en el terreno político, consolidándose como un polo opositor importante a medida que se fortalecen sus vínculos con la oposición, y deja un mensaje claro: si tiene que defenderse del gobierno, lo hará contraatacando. Sin embargo, con este movimiento dichos integrantes de la Corte podrían sumar una nueva causal en su contra para el juicio político, al carecer de fundamentos las suspensiones de elecciones dispuestas, con solo leer la letra de la ley y observar la voluntad del legislador.

 

Tucumán y San Juan sin elecciones, por el momento

El Frente de Todos en Tucumán y San Juan recibió un baldazo de agua fría a cinco días de las elecciones que, probablemente, iban a extender el dominio peronista en sus respectivas provincias. Los esfuerzos de la oposición, fundamentalmente de Juntos por el Cambio y sus aliados, por arrebatarle el mando al peronismo tras varias décadas al frente de estas provincias, se ven sistemáticamente truncados por la vía política debido a varios factores, pero, fundamentalmente dos: la incapacidad de la derecha liberal porteña de construir consensos amplios e incluir a los sectores populares provinciales en los esquemas de poder; pero, también,  a que el peronismo se cierra sobre sí mismo, y conoce a la perfección como construir poder en el ámbito local.

Ante esta incapacidad política, Juntos por el Cambio avanza por la vía judicial, ante una Corte deseosa de intervenir políticamente. En este marco, Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda triunfantes, con un Lorenzetti en disonancia, lograron suspender las elecciones y bajar las candidaturas de Juan Manzur y, probablemente, la de Sergio Uñac también.

Crónica de una muerte anunciada, todo el mundo espera una derrota política fuerte del gobierno en octubre. ¿Busca la Corte debilitar políticamente lo máximo posible al Gobierno Nacional para licuar en el Congreso su juicio político en marcha? ¿Le saldrá “el tiro por la culata” a Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda?

 

Juicio político a la Corte Suprema: la guerra como continuación de la política por otros medios

Desde que Alberto Fernández anunció que su gobierno enviaría al Congreso una solicitud de juicio político a la Corte Suprema, el Palacio de Tribunales empezó a tejer la resistencia tras bambalinas. Si bien el gobierno no es un enemigo a temer en este contexto político, la Corte por su rol y sus características institucionales, necesita ser dotada de un manto de transparencia, legitimidad y confianza ciudadana. La pérdida de esta aurea, altera a una Corte renovada que todavía está tratando de afianzarse mientras lo viejo, encarnado por Ricardo Lorenzetti, no termina de morir.

En los últimos días el orgullo republicano que habría generado en las altas esferas judiciales el veto a la voluntad de perpetuación peronista en Tucumán y en San Juan, copó el debate público. Sin embargo, diversos sectores afirman que en torno al Juicio Político que sufren Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda, estamos ante una Corte que no se caracterizaría precisamente por su transparencia republicana.

Por un problema de origen, aseveran los sectores críticos. Al haber sido designado dos de esos integrantes, por un decreto presidencial de Mauricio Macri para ejercer sus funciones, antes, cronológica pero también políticamente, de la aprobación del pliego por parte del Congreso, basado a un decreto ley de la Revolución Libertadora. Ni Mitre se había animado a ello. Y como culminación de ello a fines del 2021, Rosatti y Rosenkrantz se autovotaron para ser presidente y vicepresidente de la Corte respectivamente.

Retomando lo que nos compete, las principales acusaciones de las que deberá defenderse la Corte son, por un lado, las que vinculan un acuerdo negociado con el gobierno de Mauricio Macri por el fallo del 2×1 que beneficiaba a los criminales de lesa humanidad de la última dictadura. Y, por otro lado, el supuesto desmanejo que habría realizado la Corte en la administración de la Obra Social de la Justicia Federal.

A su vez, existe un amplio prontuario de acciones cuestionadas en los cortos años de vida de esta Corte. Y, el oficialismo de esto hizo una “excursión de pesca”, como criticó un dirigente político del PRO. Es decir, se puso en búsqueda de construir pruebas a partir de las acciones que considera cuestionables de la alta magistratura.

Sin embargo, existen pruebas que parecieran ser contundentes. Desde las voces que promueven el juicio político argumentan que la manipulación que habrían realizado los miembros de la Corte sobre la obra social judicial evidencia una intención de hacer y deshacer a gusto y capricho de las instituciones. “La Corte juega al truco con las instituciones”, aseguró Leopoldo Moreau, en representación del Gobierno Nacional.

La voz principal en el caso de la Obra Social Judicial, es la del ex administrador de la Corte Suprema de Justicia, Héctor Marchi, desplazado por Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda, con oposición de Lorenzetti. Voces del mundo judicial aseguran que tenía vasto conocimiento de las irregularidades cometidas en la obra social por funcionarios vinculados a Maqueda y que, por precaución, habría sido desplazado. Por su parte, Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda mandaron un pliego a la Comisión de Juicio Político acusando a Marchi y Lorenzetti por tales irregularidades. Inestabilidad dentro y fuera de la Corte.

A su vez, con Rosatti a la cabeza, en diciembre de 2021, la Corte 16 años después, declaró inconstitucionalidad la Ley del Consejo de la Magistratura (Nº 26.080). Y no obstante de carecer de atributos legislativos, puso en vigencia artículos de la ley anterior que había sido derogada por el Congreso. Con lo cual Rosatti pasó a presidir la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dirimiendo así un viejo conflicto entre la Corte y el Consejo de la Magistratura, respecto quién maneja los cuantiosos fondos de la Justicia. Los artilugios que se prohíben en las provincias peronistas, se habilitan en los más alto del poder de la República.

Artilugios que ponen en riesgo la credibilidad del órgano máximo, que debería velar por la defensa y el respeto de las instituciones republicanas, y que, también, debería evitar la personalización del poder y la preeminencia del interés público sobre el privado o corporativo. En este sentido, otro posible causal de juicio político se estaría dando en torno a la dilatación del fallo sobre los delitos de lesa humanidad que recaían sobre Carlos Pedro Blaquier, recientemente fallecido.

Al respecto el estudio jurídico de Rosenkrantz defendió a varias de las empresas más grandes del país (es un abogado del “capital”, podríamos decir) y de esa manera estableció vínculos con la familia Blaquier. El procesado y recientemente fallecido, giró donaciones para la Universidad de San Andrés, durante la gestión de su ex rector, Rosenkrantz. Quien habría quedado así eternamente agradecido, y por ello voto en contra de la anulación dispuesta por parte de la Corte, respecto la falta de mérito a favor de Blaquier dispuesta por la Cámara de Casación. Además, la esposa del magistrado y la viuda de Blaquier, comparten la dirección de la Fundación Cimientos, cercana al PRO.

Por otro lado, en una actitud que podría considerarse mafiosa, el ministro Rosatti habría operado para desplazar al juez santafesino Reinaldo Rodríguez, que lo investigaba por supuesto enriquecimiento ilícito, y fue recusado por Rosatti por “temor por parcialidad”. En base una denuncia anónima, Rosatti ex intendente de Rosario, se habría enriquecido ilícitamente entre el año 2003 y 2007, a partir de un fondo conformado por sueldos de funcionarios cercanos a otro ex intendente de Santa Fe, Martín Balbarrey.

El presidente de la Corte, luego de haber desplazado a Rodríguez, fue absuelto. Sin embargo, entre las denuncias del ex administrador de la Corte, Héctor Marchi, se encuentra una muy particular: el máximo tribunal habría repartido contratos a favor del juez Diego Barroetaveña de la Cámara de Casación, que debía apartar a Rodríguez y luego juzgó a favor de Rosatti. Grave.

En este marco, Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda tomaron riesgos. Debido a los infundados fallos que suspendieron las elecciones en Tucumán y en San Juan, y que, condujeron a la desestimación de la candidatura de Manzur y, posiblemente, a la de Uñac, algunos actores de la Comisión de Juicio Político analizan la inclusión de estos fallos en la acusación.

Como agravante, se puede interpretar que la intentona de Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda de golpear políticamente al Frente de Todos desnaturaliza su función, y, son este tipo de acciones, las que complican a la Corte en la Comisión de Juicio Político.

 

¿Estamos ante un “contraataque suicida”?

En medio de una fuerte disputa con el Gobierno Nacional, Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda eligieron apostar al debilitamiento político del oficialismo. En sus cabezas quizás manejan la hipótesis de que si el Gobierno se debilita, se anula cualquier intento de enjuiciamiento político.

Por ello, actúa en consonancia con la oposición, de manera coordinada o no. En ese marco, Patricia Bullrich se apropió de los fallos, y se posicionó junto a Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda, mientras asistimos una Guerra de Tronos en la política nacional.

Sin embargo, en función de las insuficiencias jurídicas de sus fallos y de las repercusiones institucionales del mismo, la Corte podría sufrir el embate de su propio ataque. Como un boomerang, sus fallos agravarían su situación en Diputados.

 

¿Qué dice la Constitución tucumana?

En su Artículo 90, dice lo siguiente: “El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y podrán ser reelectos por un período consecutivo. El Vicegobernador, aun cuando hubiese completado dos períodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido Gobernador y ser reelecto por un período consecutivo. Si el Gobernador ha sido reelecto para un segundo período consecutivo no puede ser elegido nuevamente, sino con el intervalo de un período. Lo mismo resulta de aplicación para el cargo de Vicegobernador.”

Es decir que, si el Vicegobernador puede presentarse como candidato a Gobernador después de dos mandatos, ¿por qué no podría el Gobernador postularse a Vicegobernador después de dos mandatos? No tiene sentido, y al respecto, como afirma el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Tucumán, ni en la legislación comparada, ni en la voluntad de los constituyentes se manifiesta esa intención.

La misma estructura del texto de ese artículo, revela implícitamente por contrario, que la voluntad del legislador era que también el Gobernador podía pasa a ser Vicegobernador, tras haber completado dos períodos consecutivos. Mediante la aplicación del último párrafo —“Lo mismo resulta de aplicación para el cargo de Vicegobernador”– no sólo al penúltimo párrafo del artículo, sino también al antepenúltimo.

Dado que sí no fuese así, no existiría el último párrafo, y el penúltimo párrafo hubiese quedado redactado así: “Si el Gobernador y el Vicegobernador han sido reelectos para un segundo período consecutivo no pueden ser elegidos nuevamente, sino con el intervalo de un período”. Y es claro que este párrafo se refiere a repetir el mismo cargo, porque suponer lo contrario generaría una flagrante contradicción entre el antepenultimo párrafo, que autoriza al Vicegobernador a ser reelecto como Gobernador, y el último párrafo que lo prohibiría.

Recordemos que Juan Manzur fue dos veces Vicegobernador de José Alperovich, y, tras pasar por la cartera nacional de Salud, y renunciar como vicegobernador en el 2013 –o sea no “completó” el mandato– asumió como Gobernador por dos mandatos en el periodo 2015-2023 en curso, con Osvaldo Jaldo como Vicegobernador.

Entonces, más allá de las implicitaciones intencionales o no del del texto, que como se vio no es ambiguo sino unívoco, partiendo de uno de los principios jurídicos fundamentales de nuestra Constitución Nacional, el principio de legalidad, que establece que los fallos judiciales deben fundarse en una interpretación restrictiva dentro de los límites semánticos del texto legal, permissum videtur id omne quod non prohibitur. Es decir, todo lo que no está expresamente prohibido, está permitido.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación puede considerar el esquema opaco, poco republicano, injusto, autoritario, que no promueve la renovación política, pero, sin embargo, no debe entrometerse en las dinámicas institucionales provinciales a menos que contradigan expresamente los principios constitucionales de la Nación, y, claramente, no es esto lo que sucede en el caso de Tucumán.

El nexo peligroso de un partido político con la Corte. Lo prueba este tuit de Bullrich. (Foto: Striptease del Poder).

 

¿Qué dice la Constitución sanjuanina?

La Carta Magna de San Juan plantea, en su Artículo 175 lo siguiente: “El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces.”

El caso sanjuanino plantea menores dudas aún que el tucumano. Este artículo hasta el año 2011 permitía una sola reelección, pero, mediante una enmienda de la Legislatura prevista en la misma Constitución, fue modificado a su actual forma.

Sergio Uñac, que fue Vicegobernador de José Luis Gioja en el período 2011-2015, y Gobernador en los períodos 2015-2019 y 2019-2023, es el candidato a Gobernador por el Frente de Todos en San Juan. Este caso tiene mayor claridad que el caso tucumano, ya que aquí no existe ninguna implicitación en el texto, sino que, directamente, el artículo habilita la candidatura de manera clara.

Lo que dice muy claramente la Constitución de San Juan. (Foto: Striptease del Poder).

Según la enmienda mencionada, el Gobernador puede ser reelegido hasta dos veces consecutivas en sus funciones, no una sola vez, como se preveía previamente. Por ordenamiento constitucional, las funciones del Gobernador y del Vicegobernador son distintas, definidas las del primero en el Artículo 189, y en el Artículo 145 las del segundo.

Pero, además, la supresión con la enmienda del segundo párrafo del artículo 175 modificado, que prohibía al Gobernador y Vicegobernador “postularse para el período siguiente como miembros del Poder Ejecutivo”, ratifica claramente la voluntad de que el Gobernador pueda pasar a Vicegobernador, y viceversa. Como es el caso de Uñac, no computándose así su primer mandato como vicegobernador, a los efectos de considerar su reelección dos veces consecutivas como gobernador.

Es más, de esa manera en San Juan, el Gobernador tras tres períodos como tal, podría pasar a otros tres períodos como Vicegobernador, observándose así en la cultura política argentina una sed de perpetuación que se traduce en derecho institucional. Desde los más altos cargos directivos a las pequeñas intendencias y comunas rurales.

No solamente nos referimos a los gobernadores peronistas del Norte Grande, también aparece en el Congreso, con congresistas de oficio y de carrera, con sindicalistas atrincherados en torno a las sillas de mando, jueces vitalicios que no tienen aval popular ni, en muchos casos, desempeños transparentes, pero ese es otro debate. Y además la cuestión es flexible, si se considera que en Tucumán en los últimos 25 años se sucedieron cinco gobernadores, en San Juan cuatro, y en la provincia de Córdoba sólo dos, José Manuel De la Sota y Juan Schiaretti, quien ahora se postula para presidir la Nación.

 

¿Cómo se expidió la Corte en el asunto en los últimos años?

En los últimos diez años, la Corte suspendió las elecciones de Santiago del Estero en el año 2013, nuevamente, cinco días antes de que se realicen las mismas. Sin embargo, en el año 2019 decidió no suspender las elecciones en Rio Negro y La Rioja, sino, directamente, anular las candidaturas de Alberto Weretilneck y Casas.

En el caso de Santiago del Estero, a raíz de una denuncia de la UCR, la Corte Suprema de Justicia de la Nación determino su “competencia originaria”, es decir, la competencia otorgada por la Constitución Nacional para velar en disputas entre ciudadanos y las Provincias. En función de ello, la Corte dispuso la suspensión de las elecciones, ya que, el Artículo 152 de la Constitución santiagueña prohíbe explícitamente que se sucedan recíprocamente Gobernador y Vicegobernador por más de un mandato. Luego, la candidatura de Gerardo Zamora fue dada de baja por la Corte, y las elecciones se reprogramaron.

Sin embargo, en el caso de Rio Negro y La Rioja del año 2019, la Corte, con nueva conformación, falló distinto, limitándose a anular las candidaturas, pero no los comicios en sí. En La Rioja, a pedido de la UCR y el PRO, la Corte falló en contra de la candidatura de Sergio Casas, de manera correcta (basándose en el Artículo 120 de la Constitución riojana) pero no anuló las elecciones.

La situación en Rio Negro fue similar. La Corte anuló la candidatura de Weretilneck, sin suspender los comicios, a partir de una denuncia del Frente para la Victoria. En su Artículo 175, la Constitución de Rio Negro no permitía su candidatura de manera alguna.

Entonces, estamos ante dos situaciones distintas. En el caso santiagueño, la Corte suspendió las elecciones para analizar la situación y, a posteriori, anular la candidatura de Zamora en un caso que era evidente. Dilatar las elecciones e intervenir en la política interna de las provincias no es función de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En el caso rionegrino y en el caso riojano, la Corte Suprema, juzgó, en su mayoría, la competencia originaria y, con los votos de los Ministros Maqueda, Lorenzetti y Rosatti, anularon las candidaturas de Weretilneck y Casas, respectivamente.

Sin embargo, lo que llama la atención, es la oposición de Rosenkrantz que avaló la re-reelección en estos casos, donde la inconstitucionalidad del asunto era grotesca, argumentando que la Corte solo puede entrometerse en estos asuntos cuando no haya ninguna interpretación posible de la letra de la ley que habilite la re-reelección. De hecho, también se había opuesto a la competencia originaria de la Corte en estos casos, porque solo estaba en juego una interpretación local de un artículo local ¿Cambió de opinión Rosenkrantz? ¿Cambió el contexto? ¿Cambió la política?

Sin embargo, el sentido común nos dice que el magistrado propuesto por el macrismo no puede ir contra su propia jurisprudencia porque so se considera prevaricato. Pudo. Y, en sus recientes fallos pareciera haber invertido el principio: cuando haya una interpretación que negara la posibilidad de la re-reelección, es suficiente para suspender una elección provincial. Dos. A cinco días. ¿Mauricio Macri pudo haber influido en este cambio jurisprudencial en algún momento de las vacaciones que compartieron juntos hace unos años en la recoleta Villa La Angostura?

 

Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda en la mira

A partir de una táctica fallida, la tríada consolidó su posición opositora. Al mismo tiempo, socava su estrategia de debilitamiento político del Gobierno en la medida en la que queda en el ojo de la tormenta, justamente, por el golpe político que le aplicó. Pero la falta de solvencia jurídica de los fallos que suspendieron las elecciones en Tucumán y San Juan, permite a quienes los acusan sumar una nueva causal en su contra.

NdR: estos hombrecillos están jugados según nuestro punto de vista, porque de acuerdo a lo que está saliendo a la luz en la Comisión de Juicio Político en cuanto al alto grado de hechos delictivos denunciados por los propios miembros de esa Corte y del Poder Judicial, no pueden más que enfrentarse al pueblo de la nación y tratar de zafar con un cambio de gobierno. Por lo que perfilamos, va a ser muy difícil que ello ocurra.